sábado, 7 de noviembre de 2009

Bienvenida y Retorno.

- ANTES DE LLEGAR

1 la previa
Siendo esto una guía práctica y siendo compatriotas uruguayos los destinatarios de la misma no está demás dar un consejo previo y perogrullesco que pocas veces obedecemos: hay que empezar con tiempo. En este caso, el gol de los descuentos, nos puede amargar el viaje.

1.2 documentación de viaje
Lo primordial es tomar contacto con el consulado y obtener una clara descripción de lo que es necesario tramitar antes de viajar. En primer lugar, y para la mayoría de los países, se trata del pasaporte.El pasaporte uruguayo se gestiona en alguna representación consular uruguaya. Para aquellos que desean ubicar la representación consular uruguaya más cercana a su lugar de residencia podemos recomendarles la lista de representaciones consulares en el sitio del Ministerio de Relaciones Exteriores: http://www.mrree.gub.uy/mrree/Embajadas_y_Consulados/Misiones/misiones.htm
Cédula de Identidad y PasaporteEl trámite para obtener por primera vez o renovar la cédula de identidad uruguaya, solo puede realizarse dentro del territorio nacional en las oficinas de la Dirección Nacional de Identificación Civil. Su tramitación no es posible en Embajadas o Consulados uruguayos en el exterior.En las oficinas de la Dirección Nacional de Identificación Civil también se lleva a cabo el trámite para la obtención del pasaporte, que además es posible gestionar en representaciones uruguayas en el exterior. En este último caso, su expedición es competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores.Certificado de Antecedentes JudicialesEste certificado lo expide la Dirección Nacional de Policía Técnica, y es necesario como requisito para la obtención del pasaporte y para la tramitación de tenencia de armas. También otros organismos del Estado lo exigen para distintas gestiones.Toda la información sobre éste y otros servicios que ofrece la Dirección Nacional de Policía Técnica, se brinda a través del teléfono 00598 02 209 16 26 .Para el caso de que se viaje con famliares o amigos que sean extranjeros debe tenerse en cuenta la posibilidad de gestionar permisos de residencia. Informarse en el Consulado debe ser el primer paso a efectos de no omitir algún documento que sea necesario para la tramitación en Montevideo.Permisos de Residencia para Extranjeros, Visas y Permisos para Menores que Viajan al ExteriorSe tramitan en oficinas de la Dirección Nacional de Migración, entre otros, los permisos de residencia para extranjeros que cumplen con los requisitos que establece la Ley, las visas, los permisos para menores que viajan al exterior sin la compañía de uno de sus padres, los permisos de reingreso o las prórrogas de permanencia temporaria en el país.Las oficinas centrales de la Dirección Nacional de Migración se encuentran en la calle Misiones 1513, donde se atiende al público en el horario de 09:15 a 14:30 horas. La información centralizada se obtiene a través de los teléfonos 916 0471 - 916 0970 - 916 1094

1.2 certificación de estadía en el exterior
En caso de que sea necesario disponer de un certificado de residencia en el exterior este debe tramitarse en las dependencias consulares o la embajada de Uruguay en el el pais de residencia. Dado que el acceso a algunos de los estímulos estatales o no gubernamentales al retorno se formularán con el requisito previo de demostrar la estadía en el exterior por un plazo determinado, es más que recomendable que ese certificado u otros documentos que atestiguen lo antedicho sea conservado cuidadosamente.

1.3 certificados de actividad laboral
Tiene sentido el traerse todos los certificados posibles de los empleos desempeñados. Es una carta de recomendación importante para tratar de lograr una colocación laboral y además una prueba de la permanencia en el exterior. Es importante pensar en que estén, o redactados en idioma español, o bien traducidos a este y debidamente autenticados y legalizados ante la representación consular a los efectos de que tengan total validez en el Uruguay.

1.4 certificados de estudio
Tiene sentido el traerse todos los certificados posibles de los estudios realizados y completados. Es frecuentemente un requisito para continuar estudios o para hacer valer las capacidades adquiridas en el mercado laboral. Es importante pensar en que estén, o redactados en idioma español, o bien traducidos a este y debidamente autenticados y legalizados ante la representación consular a los efectos de que tengan total validez en el Uruguay.

1.5 certificados de salud y otros
En realidad nos estamos refiriendo a historias clínicas, datos sobre diagnósticos realizados, medicación indicada y tratamientos en curso o recomendados. Es importante no dar por obvio nada de esto y tratar de traer todo lo que pueda tener relevancia en este plano.

1.6 descuentos en pasajes y transportes
Al momento de escribir esto solo contamos con información sobre dos paises donde hay algún tipo de descuentos o convenio, en materia de pasajes a Uruguay. Se trata de Mexico, donde la TARJETA CONSULAR, garantiza a sus poseedores determinados descuentos y de Argentina donde el Consejo Consultivo de Buenos Aires cerrara recientemente un convenio de descuentos con una empresa de transportes.

1.7 ingreso de pertenencias y vehículo
Todo uruguayo con más de dos años de residencia en el exterior que decida retornar al país, podrá introducir libre de todo trámite cambiario y exento de toda clases de derechos de aduana, tributos o gravámenes conexos:

A) Los bienes muebles y efectos que alhajan su casa habitación.
B) Las herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos vinculados con el ejercicio de su profesión, arte u oficio.
C) Por una única vez, un vehículo automotor de su propiedad, el que no podrá ser transferido hasta transcurrido un plazo de cuatro años a contar desde su ingreso a la república. El régimen a que esté sujeto el automotor deberá constar en los documentos de empadronamiento municipal y en el registro Nacional de Automotores.
El citado vehículo deberá ser empadronado directamente por la persona interesada en la Intendencia Municipal correspondiente." Art. 76 Ley 18.250

TRÁMITE VIGENTE HASTA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY
Previo al retorno se deberá solicitar en el Consulado Uruguayo del país en el que estuvo residiendo la intervención consular o el visado de la lista de efectos personales a trasladar

En nuestro país el trámite podrá ser efectuado por el propio interesado o por su representante autorizado por carta poder.

Deberá iniciarse con la presentación ante la Autoridad Aduanera de :
a) solicitud de ingreso
(FORMULARIO)
b) la lista de efectos personales intervenida por el Consulado (http://www.mrree.gub.uy/mrree/Embajadas_y_Consulados/Misiones/Scripts_Misiones/tipos.idc)c) la constancia de ingreso al país otorgada por la Dirección de Migraciones.
(CERTIFICADO DE LLEGADA)
d) para el vehículo, hasta tanto no se instrumente la reglamentación por el Ministerio de Economía y Finanzas, no se permitirá el ingreso al Territorio Aduanero Nacional

El equipaje quedará en depósito hasta la autorización.

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